La ministra sometió a proceso a dos oficiales en retiro y tres oficiales
en servicio de la Fuerza Aérea de Chile (Fach), por su responsabilidad en el
delito de incumplimiento de deberes militares, ligado al accidente de avión
Casa 212 que cayó al mar, el 2 de septiembre de 2011, en el archipiélago de
Juan Fernández.
Se notificó el lunes 17 de noviembre de 2014 el procesamiento del
general (r) Julio Frías Pistono, ex comandante en jefe de la Quinta Brigada
Aérea, con asiento en Antofagasta; el coronel (r) Guillermo Castro Guzmán, ex
jefe del Estado Mayor del Comando de Combate, con asiento en Santiago; y los
oficiales en servicio activo: capitán Sergio Castro Moya, comandante de
escuadrilla de operaciones de apoyo al combate del grupo 8 de aviación,
perteneciente a la Quinta Brigada Aérea; el teniente Mauricio Barría Ruiz, jefe
de bandada de transporte táctico del grupo 8, perteneciente a la Quinta Brigada
Aérea, y el capitán Mauricio Solano Pereda, oficial de servicio de Centro de
Operaciones Aéreas, con asiento en Santiago.
De acuerdo a la resolución, la responsabilidad por el accidente recae
directamente en los pilotos de la aeronave siniestrada –Juan Pablo Mallea Lagos
y Carolina Fernández Quinteros–, al volar a una altura "peligrosamente
baja" en condiciones climáticas adversas, lo que provocó la caída al mar
del avión. Sin embargo, la ministra Lusic considera que en la operación del
vuelo no se respetaron las normas de la Dirección General de Aeronáutica Civil
(DGAC) aplicables en el caso, debido a que el viaje no correspondía a una
misión militar, sino que era "un vuelo realizado por una aeronave militar,
pero de naturaleza civil".
En este sentido, la ministra determinó que los oficiales de la Fuerza
Aérea procesados, omitieron normas que regulan los procedimientos de operación
de vuelos de aeronaves en el territorio nacional.
En la causa, la magistrada concedió a todos los oficiales procesados la
libertad bajo fianza, previo pago de una caución de $100.000 (cien mil pesos),
la que deberá ser ratificada por la Corte Marcial.
AUTO DE PROCESAMIENTO DICTADO
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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