En decisión unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz
condenó, el pasado 12 de marzo, al empresario agrícola Eugenio Mujica Mujica,
en calidad de autor de un delito consumado de tráfico de migrantes, ilícito
cometido el 14 de febrero de 2012, en Arica.
La sala -integrada por los jueces María Angélica Mulatti Oyarzo
(presidenta), Patricio Acevedo Silva y Rodrigo Gómez Marambio (redactor)-
resolvió condenar a Mujica al valor el conjunto de la prueba de cargo aportada,
consistente principalmente en la declaración de siete ciudadanos peruanos, que
formaron parte de un grupo de 43 personas de dicha nacionalidad, ingresaron al
país para trabajar en una cosecha de ciruelas en el predio “Hijuela Sexta El
Manzano”, ubicado en Isla de Yáquil, comuna de Santa Cruz, de propiedad de la
Sociedad Agrícola y Vitivinícola Millahue de Apalta Limitada, de la que el
condenado era representante legal y socio mayoritario.
El tribunal dio por establecido que Eugenio Mujica facilitó y promovió el
ingreso a Chile del grupo de peruanos, ofreciéndoles "condiciones de
trabajo muy ventajosas, además de costearles su traslado, alojamiento y
alimentación, lo que convenció a los extranjeros; una vez que aceptaron, los
hizo trasladar en bus hasta la frontera, donde Mujica hizo gestiones que
posibilitaron su ingreso en calidad de turistas, en circunstancias que ellos lo
hacían exclusivamente para trabajar, para lo cual, entre otras cosas, hizo
valer su influencia como ex diplomático y sus contactos para que el personal de
extranjería los dejara pasar sin hacer el control regular de estos casos.
Precisamente dicho ingreso tuvo el carácter de ilegal al vulnerarse las normas
pertinentes de la Ley de Extranjería y su Reglamento, porque los extranjeros no
venían como turistas y tampoco contaban con la visa o permiso necesario para
trabajar en Chile, el que si bien después se gestionó, tampoco se concedió. A
su vez, esta conducta del acusado fue ejecutada con ánimo de lucro, esto es,
con la intención de obtener un provecho económico a través de la mano de obra
extranjera, que le permitiría asegurar la referida cosecha y las ganancias que
esperaba de ella. Además se estableció que estos extranjeros fueron en gran
medida engañados, pues Mujica no cumplió con los pagos prometidos, los mantuvo
alojando en un galpón abierto en pésimas condiciones y sufrieron hambre, frío y
hacinamiento, hasta que la policía se constituyó en el lugar".
El tribunal impuso al sentenciado la pena de tres años de reclusión, la que
deberá cumplir en libertad, al acoger la solicitud de la defensa –y sin la
oposición del Ministerio Público y la parte querellante Instituto Nacional de
Derechos Humanos- de otorgarle el beneficio de la remisión condicional de la
pena. Además, se le condenó al pago de una multa de 72 UTM (unidades
tributarias mensuales); la sanción accesoria de suspensión de cargo u oficio
público por el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa.
Fuente: Poder Judicial de Chile
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