Teniendo presente
que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley,
iniciado en una Moción de los Honorables Diputados señores Matías Walker
Prieto, Pedro Browne Urrejola, Eduardo Cerda García, Fuad Chahín alenzuela,
Felipe Harboe
Bascuñán, Cristián Monckeberg Bruner, Carlos Montes Cisternas, René Saffirio
Espinoza, Gabriel Silber Romo y Patricio Vallespín López.
Proyecto de ley:
“Artículo único: Introdúcense
las siguientes modificaciones en el Código Penal:
1) Modifícase el
artículo 443 en el siguiente sentido:
a. Intercálase el
siguiente inciso segundo, nuevo, pasando su actual inciso segundo a ser
tercero:
“Si el delito a que
se refiere el inciso precedente recayere sobre un vehículo motorizado, se
impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo.”.
b. Sustitúyense en
el inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, los términos “inciso anterior”
por “inciso primero”.
2) Derógase el
artículo 449.
3) Intercálase en
el inciso tercero del artículo 456 bis A, entre las palabras “la receptación sean” y el término “cosas”, las
expresiones “vehículos motorizados o”.”.
Y por cuanto he
tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto
como Ley de la República.
Santiago, 27 de noviembre de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Teodoro Ribera
Neumann, Ministro de Justicia.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y
Seguridad Pública.
Lo que transcribo a
Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de
Justicia.
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