El magistrado encausó por el delito antes señalado a
los ex miembros de la Fuerza Aérea Ramón Cáceres Jorquera y Edgar Cevallos
Jones al tiempo de los hechos responsables de la Academia de Guerra Aérea
(AGA).
“Consta en el proceso, de las declaraciones de
testigos, que el general Bachelet el día anterior a su muerte comentó que fue
(sic) estado de salud, el cual era conocido dentro de la institución, debiendo
tenerse presente que sus custodios y las celadores eran funcionarios de
la misma rama y que no podían ignorar esta condición”, dice la resolución.
Agrega que: “Por otro lado y así ha sido demostrado
médicamente en este proceso toda vez que para esa fecha ya existía evidencia
científica que lo avala, existe una directa relación entre la muerte de la
víctima y su último interrogatorio, toda vez que ello es lo que produce una
descompensación de su patología cardíaca, secundaria a un estado de estrés
físico y mental previos”.
Además se determina “Ha quedado establecido a través
de las declaraciones prestadas en este proceso y mediante sentencia
ejecutoriada dictada en procesos donde se investigó la estructura y acciones
cometidas en el interior de la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea, que ésta
constituyó un centro de detención de miembros de la institución y de civiles
contrarios al régimen político militar de la época, donde los internos eran
sometidos a sesiones de torturas y apremios físico y psicológicos, cometidos
por funcionarios de la Fuerzas Aérea, quienes los tenía a su cargo”.
Los detenidos
ingresaron a un centro de detención de la Fuerza Aérea en prisión preventiva.
VER RESOLUCION
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile
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