jueves, 10 de mayo de 2012

CASO TSUNAMI: 7° JUZGADO DE GARANTÍA ORDENA ARRAIGO NACIONAL PARA IMPUTADOS POR CUASIDELITO DE HOMICIDIO


El juez del Séptimo Juzgado de Garantía Daniel Urrutia determinó arraigo nacional para los ocho imputados en el denominado “caso Tsunami”, por sus eventuales responsabilidades en las muertes y desapariciones de personas, tras el terremoto del 27 de febrero de 2010.

En la cuarta jornada de la audiencia de formalización, el magistrado decidió rechazar la prisión preventiva, solicitada por uno de los querellantes en la causa, y la firma periódica que pidió el Ministerio Público. El juez Urrutia sólo accedió a decretar el arraigo nacional de los imputados: el ex subsecretario del Interior, Patricio Rosende; la ex directora de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi), Carmen Fernández; el ex director del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA), Mariano Rojas; el ex jefe de turno del organismo, Mario Andina; el ex jefe de Oceanografía de la entidad, Andrés Henríquez. A ellos se suman el ex jefe de turno de la Onemi, Osvaldo Malfanti; el sismólogo de la Universidad de Chile, Carlos Aranda; y el ex jefe del Centro de Alerta Temprana (CAT), Johaziel Jamett.

“Estos antecedentes, a juicio de este sentenciador, dan cuenta que se cumplen con los requisitos de la letra a) del artículo 140 y justifican a nivel de plausibilidad en este juicio preliminar y para el solo efecto de las medidas cautelares de baja intensidad, la existencia del delito por el cual se formalizó a los imputados. Estos mismos antecedentes cumplen también la letra b), en el sentido que permiten presumir fundadamente la participación como autores de los imputados e imputadas que se encuentran en esta sala. Por lo tanto, el tribunal considera que las medidas proporcionales y adecuadas para cumplir los fines del procedimiento, constituyen en el arraigo nacional; es decir, la prohibición de salir del país durante la duración de este proceso, considerando que la medida de firma no cumple ninguna función en este caso, porque los imputados han estado permanentemente a disposición del Ministerio Público, por lo que también deberían estar a disposición del tribunal, así que, por lo tanto, la medida de firma no reviste ninguna necesidad”, sostuvo el magistrado Urrutia.

Además, el tribunal fijó un plazo de investigación de siete meses.



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