miércoles, 29 de abril de 2015

JUZGADO DE GARANTÍA DE RANCAGUA EN CHILE CONDENÓ A 18 GENDARMES POR DIVERSOS APREMIOS A REOS

   El Juzgado de Garantía de Rancagua dictó sentencia en contra de 18 funcionarios de Gendarmería de Chile, en calidad de autores del delito de aplicación de tormentos o apremios ilegítimos, ilícito perpetrado en agosto de 2013, al interior del Complejo Penitenciario de la capital de la Sexta Región.

   En procedimiento abreviado, el magistrado los condenó a penas de 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, quedando "sujetos a la vigilancia y observación permanente del centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile por el término de un año". Además, el magistrado les aplicó las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio públicos durante el tiempo de la condena.

   Asimismo, el juez dispuso que los condenados deberán presentarse, el próximo lunes 11 de mayo, en dependencias del Centro de Reinserción Social de Rancagua, "para los efectos de iniciar el cumplimiento".

   En la causa, sólo un imputado no se allanó al procedimiento abreviado; en tanto, respecto de los funcionarios penales inicialmente involucrados, el Ministerio Público aplicó el principio de no perseverar en el procedimiento.

   En la resolución, el tribunal da por acreditado que: "El día 03 de agosto del año 2013, aproximadamente a las 22:30 horas en circunstancias que los internos del módulo 41 del Complejo Penitenciario de Rancagua, ubicado en La Gonzalina S/N, en la comuna de Rancagua, se encontraban en sus celdas, se produjo un intento de fuga, en virtud de lo cual dos internos condenados lograron escapar de sus celdas huyendo por el patio y trepando hasta la denominada zona de fuego, momento en que se dieron las alarmas del complejo penitenciario, concurriendo diversos funcionarios de Gendarmería, algunos por fuera del perímetro, otros disparando al aire para detener el intento. En tal situación varios Gendarmes concurrieron a la denominada "zona de fuego" y al ver esto, los internos se abrazaron y se lanzaron al suelo llegando hasta dicho lugar funcionarios de Gendarmería, quienes procedieron sin más a agredir brutalmente a los internos ya referidos con elementos contundentes, golpes de pies y puños. También llegó al lugar un funcionario de Gendarmería Rigoberto Bravo Céspedes quien agredió fuertemente con un palo y diversos golpes a uno de los internos, quien fue trasladado y conducido hacia el interior del penal, trayecto en el cual otro funcionario le dio un golpe en la cabeza cayendo éste al suelo, siendo derivado al Hospital Penal, al interior de la cárcel, lugar en el cual le diagnosticaron una herida contusa en la región occipital que compromete piel y cuero cabelludo, palpándose depresión en hueso; herida cortante en ceja izquierda, párpado inferior izquierdo y brazo izquierdo que compromete piel y tejido celular sub-cutáneo; equimosis en región escapular y rodilla izquierda sin pronunciamiento en orden al carácter de esas lesiones. Producto de estas lesiones, es derivado al Hospital Regional, lugar en el cual se constatan las mismas lesiones, señalándose presenta lesiones en el cuero cabelludo, policontusión, tec simple, de carácter leve, quedando en observación hasta las 03: 50 horas de la madrugada, para posteriormente ser derivado hasta el Hospital Penal, lugar en el cual queda internado, debido a sus lesiones, hasta el día martes 06/08/2013".

   "De la misma forma –continúa-, estando en el suelo el otro interno, fue agredido por diversos funcionarios de gendarmería, quienes dieron golpes de pies, puños y palos al mencionado interno, momento en que uno de los gendarmes imputados procedió a golpearlo con un elemento contundente y con patadas. Luego de ello, el interno fue trasladado hacia el interior del penal, trayecto en el cual es golpeado con un elemento contundente por el imputado gendarme que también golpeó en la cabeza al anterior interno. Producto de lo anterior, este interno fue llevado hasta el Hospital Penal, que está al interior del complejo, lugar en el cual le constatan que tiene una herida en la cabeza que compromete piel y cuero cabelludo con sangrado activo de 14 centímetros aproximadamente; y excoriaciones en el glúteo izquierdo, sin pronunciarse sobre el carácter de las mismas lesiones.

   Producto de lo anterior, los oficiales a cargo ordenaron el procedimiento de desencierro y conteo de todos los internos del Módulo 41, propinándole diversos golpes en todo ese procedimiento".

   CONTENIDO SENTENCIA JG RANCAGUA

   Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.

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